La fecha de la primera inspección técnica de los vehículos agrícolas y forestales que pueden circular a una velocidad superior a los 40 km/h, pasó de los ocho a los cuatro años con la última actualización de la normativa ITV, en vigor desde el pasado mes de mayo.
Además, la nueva normativa obliga a que tras la primera ITV, este tipo de vehículos se someta a otra inspección cada dos años hasta que cumplan los 16 años de antigüedad y que después pase a ser anual.
También es necesario tener el seguro en vigor (para tractor, remolque o máquina remolcada) antes de realizar la ITV y reparar los defectos leves en inspección durante un plazo máximo de dos meses.
Según la normativa, la fecha de vencimiento anterior se respetará siempre que la inspección se haya realizado en los 30 días precedentes al plazo de expiración.
A *!?@#!!! MAS A LOS AGRICULTORES QUE TRAGAN Y TRAGAN… LES DAIS POCO HAY QUE ARREALES MAS LEÑA… SON *!?@#!!!
Esto es una *!?@#!!!, *!?@#!!! x todas partes